Los Fondos Ganaderos podrán redescontar recursos financieros ante Finagro, por una cantidad permanente y rotativa hasta once (11) veces más de su Patrimonio Líquido, definido en el parágrafo 2º del artículo 1º de la presente ley, el cual será estimado mensualmente de acuerdo con las normas y reglamentos vigentes de la Superintendencia Bancaria.
Ley 676 de 2001 →Vigente
Artículo 9
Ley 676 de 2001 · por medio de la cual se reforman las Leyes 363 de 1997 y 510 de 1999 y se dictan algunas disposiciones sobre el redescuento de operaciones de crédito ante el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, y sobre el otorgamiento del incentivo de capitalización ganadera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.