Micelio

Artículo 245

Convocatoria A Elecciones

Decreto 262 de 2000 · Por el cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Convocatoria a elecciones . El Procurador General convocará a elecciones con una antelación no inferior a treinta (30) días hábiles a la fecha de la elección. La convocatoria se divulgará ampliamente y contendrá por lo menos la siguiente información: 1) Fecha y objeto de la convocatoria. 2) Funciones de la Comisión de Carrera. 3) Calidades que deben acreditar los aspirantes. 4) Dependencia en la cual se inscribirán los candidatos. 5) Requisitos para la inscripción y plazos para hacerlo. 6) Plazo para que los electores presenten los nombres de los servidores que actuarán como testigos del escrutinio. 7) Lugar, día y hora en que se abrirá y se cerrará la votación 8) Lugar, día y hora en que se efectuará el escrutinio general y la declaración de elección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 262 de 2000