Finalizado el espectáculo o festejo taurino, la Junta Técnica levantará un acta en la que se reflejarán las actuaciones e incidencias habidas en los siguientes términos:
En las corridas de toros, novillos, rejones, festivales, becerradas y espectáculos mixtos, el inspector de plaza levantará acta en la que con el visto bueno del presidente de la corrida, se hará constar:
* Lugar, día y hora de la celebración del espectáculo.
* Diestros participantes con indicación de la composición de las respectivas cuadrillas.
* Reses lidiadas con especificación de la ganadería a que pertenecían y número de identificación correspondiente, en su caso se hará constar número de sobreros lidiados e identificación de los mismos.
* Trofeos obtenidos.
* Incidencias habidas.
* Circunstancias de la muerte de las reses;
En los restantes espectáculos o festejos taurinos se hará constar en el acta:
* Lugar, día y hora de la celebración del espectáculo y duración del mismo.
* Clase de espectáculo.
* Reses lidiadas con especificación de su identificación.
* Incidencias habidas.
* Circunstancias de la muerte de las reses.
Un ejemplar del acta se remitirá al alcalde de la localidad y otro a la Empresa.