Micelio

Artículo 95

Decreto 520 de 1882 · Orgánico del Instituto nacional de Agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 95. La calificacion de los alumnos se hará conforme á la escala siguiente: De cero á cuatro (0 á´4) - Reprobado. De cinco á ocho ( 5 á 8) - Apénas aprobado. De nueve á doce (9 á 12) - Aprobado con plenitud. De trece á quince (de 13 á 15) - Notable. Diez y seis (16) - Sobresaliente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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