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Artículo 1

Autorizase Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público Para Suscribir La Garantía Que Prestara El Estado A Las Obligaciones Que Contraigan El Instituto De Colonización E Inmigración Y Laminas De Fibra Del Carare, S

Decreto 3687 de 1954 · Por el cual se confiere una autorización al Ministro de Hacienda y Crédito Público para suscribir una garantía

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Autorizase al Ministro de Hacienda y Crédito Público para suscribir la garantía que prestara el Estado a las obligaciones que contraigan el Instituto de Colonización e Inmigración y Laminas de Fibra del Carare, S. A., hasta por la cantidad de un millón ciento veintiocho mil dólares (US$ 1.128.000.00) con el objeto de financiar la compra de una fábrica de láminas de fibra, un aserradero de gran capacidad y una planta para inmunizar polines de ferrocarril.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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