º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y modifica las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2862 de 1963 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Modifica Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 2862 de 1963 · Por el cual se adiciona el artículo 77 del Decreto legislativo número 00164 de 1950
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.