Micelio

Artículo 18

El Gerente De La Corporación Será De Libre Nombramiento Y Remoción Por El Presidente De La República Y Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Realizar Las Operaciones Y Celebrar Los Contratos Para El Cumplimiento De Los Fines De La Corporación, Conforme A Las Disposiciones Legales Y Estatutarias Y A Los Acuerdos De La Junta Directiva; B) Nombrar Y Remover Conforme A Las Normas Legales, Reglamentarias Y Estatutarias Pertinentes, El Personal De La Corporación; C) Presentar Anualmente Al Presidente De La República, Por Conducto Del Ministro De Desarrollo Económico, Y A La Junta Directiva, Los Balances Generales Y Un Informe Sobre La Marcha De La Corporación; D) Someter A La Consideración De La Junta Directiva El Proyecto De Presupuesto De Ingresos, Inversiones Y Gastos Y Las Iniciativas Que Estime Conveniente Para El Buen Funcionamiento De La Corporación; E) Representar A La Corporación Como Persona Jurídica, En Todos Sus Actos Y Contratos, Extrajudicial O Judicialmente, Y En Este Último Caso, Ya Sea Que Actúe Como Demandante O Como Demandada, Pudiendo Designar Apoderado; F) Representar Las Acciones E Intereses De La Corporación En Empresas De Cualquier Índole, Facultad Que Puede Ser Delegada En Los Subgerentes; G) Dar Al Gobierno Y A La Junta Los Informes Que Le Soliciten, Y, En General, Ejercer Todas Las Funciones Y Actividades Propias De Su Calidad De Representante De La Corporación Y Las Demás Que Se Le Señalen En Adelante Y Que No Estén Expresamente Atribuidas A Otra Autoridad

Decreto 265 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Corporación Nacional de Turismo de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gerente de la Corporación será de libre nombramiento y remoción por el Presidente de la República y tendrá las siguientes funciones

a)

Realizar las operaciones y celebrar los contratos para el cumplimiento de los fines de la Corporación, conforme a las disposiciones legales y estatutarias y a los acuerdos de la Junta Directiva;

b)

Nombrar y remover conforme a las normas legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes, el personal de la Corporación;

c)

Presentar anualmente al Presidente de la República, por conducto del Ministro de Desarrollo Económico, y a la Junta Directiva, los balances generales y un informe sobre la marcha de la Corporación;

d)

Someter a la consideración de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto de ingresos, inversiones y gastos y las iniciativas que estime conveniente para el buen funcionamiento de la Corporación;

e)

Representar a la Corporación como persona jurídica, en todos sus actos y contratos, extrajudicial o judicialmente, y en este último caso, ya sea que actúe como demandante o como demandada, pudiendo designar apoderado;

f)

Representar las acciones e intereses de la Corporación en empresas de cualquier índole, facultad que puede ser delegada en los subgerentes;

g)

Dar al Gobierno y a la Junta los informes que le soliciten, y, en general, ejercer todas las funciones y actividades propias de su calidad de representante de la Corporación y las demás que se le señalen en adelante y que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

Parágrafo

Los actos del Gerente se denominan Resoluciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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