Micelio

Artículo 1

Decreto 1477 de 1918 · Adicional al marcado con el número 1439, de 13 de septiembre de 1918

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desde el día 1° del presente, y mientras no estén en ejercicio de sus funciones, los empleados de la agrupación colombiana de límites con el Ecuador no devengarán ni los sueldos ni los gastos de representación de que tratan los Decretos números 568 bis y 1019 de 1917 . Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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