º. Las empresas que hayan optado por el pago de la tarifa anual a partir de la fecha de vencimiento, continuarán pagando en la forma prevista en los literales a) y b) de que trata el artículo 1º del Decreto 017 de 1976.
Decreto 160 de 1977 →Vigente
Artículo 4
Las Empresas Que Hayan Optado Por El Pago De La Tarifa Anual A Partir De La Fecha De Vencimiento, Continuarán Pagando En La Forma Prevista En Los Literales A) Y B) De Que Trata El Artículo 1º Del Decreto 017 De 1976
Decreto 160 de 1977 · Por el cual se reduce una tarifa por derechos provenientes de los servicios de Faros y Boyas y se modifica parcialmente el Decreto 017 de 1976
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.