ARTICULO 54. De la renovación del escalafón se entiende por renovación del escalafon el acto mediante el cual el instituto ratifica la inscripción de un funcionarioen la carrera especial de que trata este decreto y de termina una nueva vigencia del escalafon por dos (2) años. La renovación de que trata este artículo se hará mediante resolución expedida por la autoridad competente.
Decreto 413 de 1980 →Vigente
Artículo 54
De La Renovación Del Escalafón Se Entiende Por Renovación Del Escalafon El Acto Mediante El Cual El Instituto Ratifica La Inscripción De Un Funcionarioen La Carrera Especial De Que Trata Este Decreto Y De Termina Una Nueva Vigencia Del Escalafon Por Dos (2) Años
Decreto 413 de 1980 · Por la cual se reglamenta la carrera del Funcionario de Seguridad social del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.