Micelio

Artículo 4

Consejo Académico

Decreto 902 de 2013 · por el cual se aprueba la modificación de la estructura de la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Consejo Académico . Son funciones del Consejo Académico, las siguientes

1.

Decidir sobre el desarrollo académico de la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central en lo relativo a la docencia, programas académicos, investigación y el componente académico de la extensión y la proyección social, en el marco del plan de desarrollo Institucional.

2.

Proponer al Consejo Directivo la creación, modificación o cancelación de Carreras o Programas Académicos de Educación Superior.

3.

Diseñar y presentar, para aprobación del Consejo Directivo, las políticas académicas en lo referente al personal docente y estudiantil.

4.

Adoptar, supervisar y modificar los planes de estudio de las Carreras o Programas.

5.

Preparar los proyectos relacionados con la adopción y modificación de los reglamentos docente, estudiantil y de investigación, los cuales deben someterse a aprobación del Consejo Directivo.

6.

Proponer al Consejo Directivo el otorgamiento de títulos honoríficos y distinciones académicas.

7.

Expedir y aprobar el calendario académico.

8.

Las demás que se señalan en la ley, sus reglamentos, el Estatuto General y el Consejo Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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