Micelio

Artículo 2.2.5.2.3

Comisiones Municipales De Planeación Participativa

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisiones Municipales de Planeación Participativa. En cada municipio donde se desarrolle el Programa, la Comisión Municipal de Planeación Participativa será la instancia de coordinación entre las Asambleas Comunitarias y el PNIS, para la construcción de los PISDA, sin perjuicio de las funciones y competencias atribuidas a las diferentes autoridades públicas y estarán integradas por

1.

Un (1) delegado de las comunidades por cada núcleo veredal, elegido en Asam­blea Comunitaria.

2.

Un (1) delegado de la Dirección para la Sustitución de Cultivos Ilícitos.

3.

Un (1) delegado de las Farc-EP reincorporado o en proceso de reincorporación a la vida civil.

4.

Un (1) delegado de la Alcaldía.

5.

Un (1) delegado del Departamento.

6.

Delegados, residentes en la zona, de las organizaciones sociales con presencia en el territorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1081 de 2015