Micelio

Artículo 2.2.1.14.2.3

Comunicación De La Decisión

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comunicación de la decisión . Para efectos del monitoreo y evaluación del sustituto de prisión de servicios de utilidad pública, la decisión de otorgar la sustitución de la pena de prisión a las mujeres cabeza de familia que la soliciten debe ser comunicada por el respectivo juez al Ministerio de Justicia y del Derecho para registrar la información de las mujeres en el Sistema de Información de Utilidad Pública y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario para incluirla en el Sistema de Información de Sistematización Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC). La comunicación debe contener al menos los datos de identificación de la mujer, delito, fecha de la condena, pena principal impuesta, pena sustitutiva impuesta, la entidad en la que se prestará el servicio indicando su razón social, NIT, y el Plan de Ejecución de Servicio de Utilidad Pública. En caso de no contar con la razón social y NIT de la entidad en la que se desarrollarán los servicios de utilidad pública, estos datos deberán ser comunicados por el respectivo juez.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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