º . Oficina de Inspección, Vigilancia y Control . Son funciones de la Oficina de Inspección, Vigilancia y Control, serán las siguientes
Solicitar a las entidades y personas del Sistema Nacional del Deporte información de naturaleza jurídica, técnica, deportiva, recreativa, administrativa, contable o financiera sobre el desarrollo de sus actividades.
Realizar de oficio o a solicitud de parte interesada, visitas de inspección a las entidades sometidas a supervisión, examinar sus archivos, determinar su situación técnica, deportiva, recreativa y socioeconómica y ordenar que se tomen las medidas a que haya lugar para subsanar las irregularidades observadas en desarrollo de las mismas.
Efectuar a través de los diferentes grupos de trabajo asignados a su dependencia, seguimiento sobre la manera como las entidades vigiladas adoptan las acciones correctivas dispuestas por el Director, frente a las deficiencias anotadas en los informes de visita.
Diseñar mecanismos de control con el fin de prevenir acciones contrarias a las normas legales y reglamentarias aplicables a las entidades bajo su competencia o evitar prácticas ilegales o no autorizadas.
Solicitar informes a cualquier persona cuando se requiera para el esclarecimiento de hechos relacionados con la administración, supervisión o funcionamiento de los integrantes del sistema sometidos a su inspección, vigilancia y control.
Instruir a los integrantes del Sistema Nacional del Deporte, sujetos de inspección, vigilancia y control, sobre la manera como deben cumplirse las disposiciones que rigen su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabal aplicación.
Recomendar la adopción de mecanismos de supervisión que contribuyan a lograr mayor eficiencia en la vigilancia de los integrantes del sistema.
Asesorar en lo jurídico, contable, financiero, administrativo, deportivo y recreativo a los integrantes del sistema en coordinación con las subdirecciones de la entidad.
Establecer los criterios jurídicos, técnicos, contables, financieros, administrativos para el ejercicio y regulación del Sistema Nacional del Deporte.
Inspeccionar y vigilar que los recursos asignados a los integrantes del Sistema se administren o inviertan de conformidad con lo estipulado dentro del convenio establecido.
Sugerir reformas a los estatutos adoptados por los organismos deportivos.
Tramitar los reconocimientos deportivos que por competencia le corresponden a los organismos del sector asociado y las personerías jurídicas.
Las demás que le señale la ley, el reglamento o que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del instituto.