Micelio

Artículo 23

Ley 24 de 1988 · Por la cual se reestructura el Ministerio de Educación Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Comité Técnico Administrativo interno lo preside el Ministro de Educación y de él hacen parte los siguientes funcionarios:

a)

El Viceministro.

b)

El Secretario General.

c)

El Secretario Pedagógico.

d)

El Jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales.

e)

El Jefe de la Oficina Sectorial de Planeación.

f)

El Jefe de la Oficina Jurídica.

g)

El Director de Currículo.

h)

El Director de Desarrollo Pedagógico.

i)

El Director de Educación de Adultos.

j)

El Director de Carrera Docente.

k)

El Director de Ordenamiento y Coordinación Educativa Regional.

l)

El Director de Construcciones Escolares.

m)

El Jefe de la División Especial de Administración Interna Central.

n)

El Jefe de la División Especial de Sistemas y Procesamiento de Datos.

Parágrafo

El Secretario General del Ministerio actuará como Secretario de este Comité.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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