Gastos capitalizables de preinversión y gastos de constitución. Para los efectos de este decreto se tendrán como gastos capitalizables de preinversión los gastos de constitución que el inversionista hubiere efectivamente hecho, hasta la fecha de los balances a que se refiere el artículo anterior. Son gastos de constitución, el costo de los estudios de factibilidad del proyecto de inversión finalmente adoptado y los gastos legales estrictamente necesarios para ejecutarlo.
Decreto 1053 de 1998 →Vigente
Artículo 13
Gastos Capitalizables De Preinversión Y Gastos De Constitución
Decreto 1053 de 1998 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 48 de la Ley 383 de 1997 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.