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Artículo 20

Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Aracataca (Magdalena), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto

Decreto 915 de 1954 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de las Escuelas Complementarias (Vocacionales) Agrícolas y Cursos Pilotos para Campesinos Adultos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Aracataca (Magdalena), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto. Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1365. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320 00 320.00 Profesor Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130 00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses; febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Mensual Total Del Profesor de Cursos Campesinos $ 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1366 . Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De cuarenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.000.00 20.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 180.00 2.160.00 Sumas $ 2.180.00 22.160.00

c)

Capítulo 93, articulo 1367 . Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 327.00 3.270.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 500.00 5.000.00 Sumas $ 827.00 8.270.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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