Micelio

Artículo 35

Decreto 1290 de 2008 · Por el cual se crea el Programa de Reparación Individual por vía administrativa para las víctimas de los Grupos Armados Organizados al Margen de la ley

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Participación de las entidades territoriales. El Comité de Reparaciones Administrativas podrá delegar o implementar la aplicación de algunas medidas de reparación, a través de las entidades territoriales del nivel departamental, distrital o municipal, o entidades públicas del mismo orden, cuando estas deseen participar con sus propios recursos fiscales, para lo cual se podrán suscribir convenios interinstitucionales. Igualmente, los departamentos, distritos y municipios, en coordinación con el Comité de Reparaciones Administrativas, podrán desarrollar sus propios planes de reparación, los que se considerarán como complementarios al presente programa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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