Mejoramiento integral de vivienda y entorno. Es el plan en el cual se desarrollan acciones encaminadas a superar las carencias de la vivienda hasta llegar a la unidad básica, además de completar la infraestructura de la zona de intervención. Serán componentes de la infraestructura, las redes secundarias de servicios públicos, el saneamiento ambiental, las vías y accesos, los parques y zonas verdes y los equipamientos comunitarios. Podrá incluirse igualmente la habilitación legal de títulos. Estos proyectos podrán desarrollarse en varias fases.
En los proyectos de mejoramiento integral de vivienda y entorno, el subsidio familiar de vivienda se destinará a las obras de mejoramiento de la vivienda, incluyendo sus condiciones de accesibilidad inmediata y la legalización de títulos. Para la financiación de las obras de infraestructura y equipamientos concurrirán los recursos de los Fondos Nacionales de Cofinanciación y de los municipios.
Los proyectos de mejoramiento integral de vivienda y entorno deberán estar localizados dentro de las áreas de intervención definidas previamente por la instancia técnica local, de acuerdo con la metodología de focalización geográfica aprobada por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2º, la ocupación de las zonas objeto de intervención, con cualquier tipo de construcción destinada a vivienda, deberá haberse realizado antes del 11 de enero de 1989, fecha en que entró en vigencia la Ley de Reforma Urbana. No obstante lo anterior, el Gobierno Nacional podrá autorizar el desarrollo de proyectos de mejoramiento integral de vivienda y entorno de alto impacto, en zonas cuya fecha de ocupación sea diferente a la establecida en el inciso anterior.