º La imposición de la condecoración a los establecimientos educativos señalados en el artículo segundo se hará a la bandera del plantel donde la hubiere o al rector de la institución.
Decreto 1575 de 1992 →Vigente
Artículo 4
º La Imposición De La Condecoración A Los Establecimientos Educativos Señalados En El Artículo Segundo Se Hará A La Bandera Del Plantel Donde La Hubiere O Al Rector De La Institución
Decreto 1575 de 1992 · por el cual se concede la condecoración "Gran Medalla Nacional General Francisco de Paula Santander" en la categoría de Oficial a Personalidades e Instituciones, a Colegios y Universidades Republicanos establecidos en Colombia y en la nueva granada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.