La Junta General de Socios se reunirá en sesiones extraordinarias cuando sea convocada por el Gerente por la Junta Directiva o por un número de rocíos que represente no menos del veinticinco por ciento 25% del capital. Para las reuniones extraordinarias los socios deben ser convocados mediante comunicación escrita con anterioridad y no menor de cinco (5) días calendarios y en la comunicación de convocatoria se insertará el orden del día.
No obstante lo anterior, estando presentes todos los socios, por sí o por medio de representantes, podrán deliberar y adoptar decisiones válidamente aunque no haya precedido convocatoria y aunque la reunión se verifique en cualquier lugar.