Micelio

Artículo 1

Decreto 264 de 1881 · Por el cual se fijan los sueldos de que deben disfrutar los Profesores de las Escuelas universitarias

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1° Los Profesores de las clases principales de la Escuela de Literatura y Filosofia, con excepción de los de Historia patria, Historia universal, Biología, Psicología y Lógica y Economía y Retorica, gozarán de una asignación anual de trescientos sesenta pesos ($360).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 264 de 1881