Micelio

Artículo 3

Ley 24 de 1937 · por la cual se hace una cesión y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a la construcción de las murallas de defensa del puerto de Sucre, Municipio del Departamento de Bolívar, de conformidad con los estudios y planos ordenados y ya hechos por el Ministerio de Obras Públicas.

Parágrafo

Para el cumplimiento de esta disposición, el Gobierno procederá a abrir al Presupuesto de la actual vigencia los créditos que sean necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1937