La persona que quiera ser matriculada como Ingeniero o como constructor (maestro de obra), debe dirigir su solicitud en papel sellado, acompañada de las pruebas del caso, al Consejo Profesional que funcione en la ciudad o en el Departamento, Intendencia o Comisaría en donde resida.
Las personas que hayan obtenido el título de Ingeniero Civil, de Minas, Arquitecto, Agrimensor, o de especialidad de la ingeniería en una Facultad, Escuela o Instituto extranjero, deben comprobar, si así lo exigiere el Consejo Profesional, para obtener la matrícula respectiva, el buen crédito del establecimiento que les confirió el título, con un certificado de un agente diplomático o consular de Colombia en el respectivo país, y en defecto de éstos, con el certificado de un agente diplomático o consular de una nación amiga de Colombia, en el mismo país.