º La sede de los Primeros Juegos Nacionales Deportivos Universitarios será la ciudad de Bogotá, y en lo sucesivo se hará rotativa de conformidad con la elección hecha en el seno de la Asamblea de Delegados, reunida cada año con ocasión de los Juegos.
Decreto 274 de 1957 →Vigente
Artículo 3
La Sede De Los Primeros Juegos Nacionales Deportivos Universitarios Será La Ciudad De Bogotá, Y En Lo Sucesivo Se Hará Rotativa De Conformidad Con La Elección Hecha En El Seno De La Asamblea De Delegados, Reunida Cada Año Con Ocasión De Los Juegos
Decreto 274 de 1957 · Por el cual se crean los Juegos Nacionales Deportivos Universitarios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.