Micelio

Artículo 2.18.3.1.10

Sanción

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sanción. El retenedor que no cumpla con la obligación de retener y pagar al ICETEX los valores correspondientes incurrirá en una sanción correspondiente al diez por ciento (10%) de los valores no retenidos. La imposición de la sanción por el ICETEX está sujeta al procedimiento previsto en los artículos 47 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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