Micelio

Artículo 8

Decreto 1169 de 1980 · Por el cual se fija el procedimiento administrativo que debe seguirse en la expedicion de los actos de la Comisión Nacional de Valores y se determinan las consecuencias de su inobservancia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las intervenciones administrativas de emisores y de intermediarios de valores, que conforme a la Ley 32 de 1979, deba realizar la Superintendencia Bancaria por solicitud de la Comisión Nacional de Valores, se sujetarán a las disposiciones de la Ley 45 de 1923 y demás normas que la adicionen o reformen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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