Micelio

Artículo 138

Bonificación Por Permanencia

Ley 2179 de 2021 · Por la cual se crea la categoría de Patrulleros de Policía, se establecen normas relacionadas con el régimen especial de carrera del personal uniformado de la Policía Nacional, se fortalece la profesionalización para el servicio público de policía y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional podrá otorgar a los mandos del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, que una vez cumplan los requisitos para su asignación de retiro y decidan continuar como miembros activos de la institución, una bonificación mensual por permanencia, la cual no se constituirá como factor salarial.

Parágrafo

La Implementación de esta bonificación por permanencia se deberá ajustar al Marco Fiscal de Mediano Plazo, al Marco de Gasto del Sector y a la disponibilidad presupuestal de la Policía Nacional y será reglamentada por el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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