Secretaría Técnica de la Junta Directiva del Fonsa. La Secretaría Técnica de la Junta Directiva del Fondo de Solidaridad Agropecuario estará a cargo del Viceministro de Asuntos Agropecuarios, quien haga sus veces o su delegado. Esta Junta, mediante acuerdos, expedirá las reglamentaciones que sean de su competencia.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.1.3.1.6. Recompra de tierras. En el caso de recompra de tierras previsto en el numeral 3 del artículo 4° de la Ley 302 de 1996, la compra y adjudicación de los predios correspondientes la efectuará el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), mediante contrato de mandato que para este efecto suscriba con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Las operaciones de compra y adjudicación se realizarán en los términos y condiciones que establezca la Junta Directiva del Fondo de Solidaridad Agropecuario.
(Decreto número 2002 de 1996, artículo 6°)
TEXTO CORRESPONDIENTE A