Micelio

Artículo 1

Decreto 2898 de 1947 · Por el cual se modifica el Decreto número 2134 de 1947, que dispuso pasar la administración de las obras del hotel de turismo de Moniquirá al Ministerio de Obras Públicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. La Zona de Edificios Nacionales de Boyacá, conjuntamente con el expresado Departamento, adelantará la ejecución de las obras del edificio para el hotel de turismo de Moniquirá, y, por consiguiente, el Ingeniero Jefe de la Zona será el ordenador de los gastos que se hagan con los dineros nacionales en poder del Departamento, actuando como Interventor de las mismas el Secretario de Obras Públicas Departamentales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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