Micelio

Artículo 2

Decreto 2137 de 1954 · Por el cual se suprimen cargos en el Ministerio Público y en la Rama Jurisdiccional, se fijan asignaciones y se crean unas dependencias judiciales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. A partir de la fecha fijada en el artículo anterior, el personal y asignaciones mensuales de las siguientes dependencias, serán como sigue

a)

Fiscalías de los Tribunales Superiores . Fiscales a $ 1.800.00 Escribientes o Mecanógrafas a 350.00

b)

Fiscalías de los Juzgados Superiores. Fiscales a 1.000.00 Escribientes o Mecanógrafas a 350.00

c)

Corte Suprema de Justicia. Magistrados a 3.000.00 Relator Principal a 850.00 Secretario General (Secretario de la Sala Civil) a 350.00 Secretario de la Sala Penal a 750.00 Secretario de la Sala de Negocios Generales a 750.00 Oficiales Mayores a 500.00 Escribientes para los Magistrados 450.00 Escribientes de decretaría a 450.00 Relator Archivero 450.00 Relator Ayudante a 500.00 Portero a 300.00 Conserje a 200.00

d)

Juzgados Superiores. Jueces a 1.000.00 Secretarios a 550.00 Oficiales Mayores a 400 00 Escribientes-Citadores a 320.00

e)

Juzgados de Circuito. Jueces a 1.000.00 Secretarios a 550.00 Oficiales Mayores a. 350.00 Escribientes (Barranquilla, Bogotá, Cali y Medellín) a 320.00

f)

Juzgados Municipales. Cabecera de Distrito Judicial de Barranquilla, Bogotá, Cali y Medellín. Jueces a $ 450.00 Secretarios a 350.00 Oficiales Mayores a 250 .00 Escribientes-Citadores a. 200.00 Juzgados de Cabecera de Distrito Judicial . no comprendidos anteriormente. Jueces a. 650.00 Secretarios a 300.00 Escribientes-Citadores a. 200.00 Juzgados de Cabecera de Circuito. Jueces a. 600 00 Secretarios a 275.00 Juzgados Municipales. Juzgados que no sean Cabecera de Distrito ni de Circuito. Jueces a 500.00 Secretarios a 200.00

Parágrafo

Los Jueces Municipales que no reúnan las condiciones exigidas en el artículo segundo del Decreto 2064 de 1953, devengarán las asignaciones fijadas en el Decreto 1231 dé 1951.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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