Adopción de la nueva Planta de Personal. De conformidad con la modificación de la estructura ordenada por el presente Decreto, el Gobierno Nacional procederá a adoptar la nueva Planta de Personal del Ministerio y suprimirá los cargos que no sean necesarios. Los funcionarios de la Planta de Personal actual del Ministerio continuarán ejerciendo las atribuciones a ellos asignadas hasta tanto sea adoptada la nueva Planta.
A los empleados públicos de carrera a quienes se les suprima el cargo, como consecuencia de la modificación de la estructura del Ministerio, tendrán derecho a la indemnización consagrada en la Ley 443 de 1998, los decretos reglamentarios 1572 y 1568 de 1998 y las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.