Micelio

Artículo 4

Ley 13 de 1914 · por la cual se fijan sueldos a algunos empleados del Poder Judicial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Considérase incluída en el Presupuesto de gastos de la vigencia en curso la suma total que implica el aumento de sueldos decretados por la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 13 de 1914