Micelio

Artículo 1

Para Efectos De La Inspección Y Vigilancia Sobre Las Instituciones De Utilidad Común, Solo Están Sujetados A La Aprobación Del Gobierno Nacional: A) Los Balances Y Presupuestos De Rentas Y Gastos De La Institución

Decreto 2683 de 1974 · Por la cual se modifica el Decreto 054 de 1974, sobre vigilancia de instituciones de utilidad común

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para efectos de la inspección y vigilancia sobre las instituciones de utilidad común, solo están sujetados a la aprobación del Gobierno Nacional

a)

Los balances y presupuestos de rentas y gastos de la institución. Cuando la cuantía de estos últimos sea o exceda de diez millones de pesos ( $ 10.000.000);

b)

Las operaciones de cuantía superiores a cinco mil pesos ( $ 10.000.000), cualquier fuente el monto del presupuesto de cada institución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2683 de 1974