Decreto 4409 de 2008 · por el cual se modifica el parágrafo del artículo 5° del Decreto 4820 del 14 de diciembre de 2007.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º . Modifíquese el
Parágrafo
del artículo 5º del Decreto 4820 del 14 de diciembre de 2007, el cual quedará así: "
Parágrafo
Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2009, el informe final que debe rendir la Comisión para la Reforma a la Jurisdicción Contencioso Administrativa".
Parágrafo
Artículo 5 DECRETO 4820 de 2007
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.