Micelio

Artículo 13

La Junta Administradora Estará Integrada Así: A) Por El Ministro De Comunicaciones, Quien La Presidirá, O Un Delegado Suyo

Decreto 1930 de 1964 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Administradora estará integrada así

a)

Por el Ministro de Comunicaciones, quien la presidirá, o un delegado suyo.

b)

Por el Ministro de Educación Nacional, o un delegado suyo.

c)

Por dos miembros con sus respectivos suplentes, designados por el Presidente de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1930 de 1964