ARTICULO 72. De la Supervicion y Vigilancia del Proceso de Nombramientos La supervisinon y vigilancia del proceso de nombramiento del personal vinculado al ISS a la fecha de expedición del presente Decreto y de su inscripción en al carrera de Funcionario de Seguridad Social, estará a cargo del Subdirector de Personal. Para este fecto, la Direccion General podría conformar comités en coordinación con los Gerentes Seccionalaes y con los Directores de las Unidades Programticas Localaes.
Decreto 413 de 1980 →Vigente
Artículo 72
De La Supervicion Y Vigilancia Del Proceso De Nombramientos La Supervisinon Y Vigilancia Del Proceso De Nombramiento Del Personal Vinculado Al Iss A La Fecha De Expedición Del Presente Decreto Y De Su Inscripción En Al Carrera De Funcionario De Seguridad Social, Estará A Cargo Del Subdirector De Personal
Decreto 413 de 1980 · Por la cual se reglamenta la carrera del Funcionario de Seguridad social del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.