°. Cuando un instrumento sea girado o endosado a favor de una persona como cajero o con otro cargo oficial de un banco o corporación, se presume que debe ser pagado al banco o corporación a que pertenece el empleado y puede ser negociado por el ondoso del banco o corporación o por el del empleado respectivo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.