Micelio

Artículo 12

Ley 109 de 1880 · Que reforma varios artículos del Código Fiscal i deroga el 6o de la lei 60 de 1875

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 12 . El artículo 338 queda adicionado asi:

Parágrafo 1

° El Juez del circúito de Buenaventura tiene jurisdiccion para conocer en los juicios de contrabando a que se refiere este articulo, cuando la infraccion se haya cometido en la Costa del Pacífico, en territorio de los municipios de Atrazo i San Juan, del Estado soberano del Cauca.

Parágrafo 2

° Los juicios por contrabando que estén pendientes en las Judicaturas de circúito de las Municipalidades de San Juan i Atrato, se pasarán al Juez del circúito de Buenaventura para su terminacion.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 109 de 1880