Micelio

Artículo 2

Ley 23 de 1952 · Por la cual se ordena la colonización de la hoya del río Mira, y zonas aledañas al ferrocarril de Nariño

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Verificada la reserva, el Gobierno por conducto de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, o del Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa Forestal, procederá a la ejecución de la obra de colonización de esa zona, previo el estudio de los sistemas aconsejables para el mejor aprovechamiento de los terrenos y la indicación de los sectores que deben quedar como reservas forestales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 23 de 1952