Micelio

Artículo 25

Decreto 2152 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Desarrollo Económico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 25 . De las Funciones de la División de Promoción Turística de la Dirección de Turismo.- Corresponde a esta División las siguientes funciones

1.

Estudiar, analizar y diseñar los planes y programas tendientes a la creación de los sistemas de promoción del país como destino turístico, tanto de turismo interno como receptivo, así como plantear las estrategias adecuadas para su implementación y coordinar cuando fuere el caso, la acción para tal fin;

2.

Estudiar, analizar y diseñar los planes y programas tendientes a la creación de los sistemas para promover la inversión tanto extranjera como nacional, en proyectos de promoción de desarrollo turístico, así como plantear las estrategias adecuadas para su implementación y coordinar cuando fuere el caso, la acción para tal fin;

3.

Actuar como organismo asesor y secretarial del Comité Sectorial o Técnico en el cual se discutan los planes y programas para el turismo, en el área de promoción, para lo cual se diseñarán y elaborarán tanto los estudios, planes, programas y medidas específicas para su implementación, que deban someterse a consideración del comité, así como aquellos que estos mismos ordenen elaborar;

4.

Asesorar a la Dirección de Turismo en la elaboración y ejecución de planes y programas de desarrollo del sector;

5.

Desarrollar las demás actividades que le asigne la ley o el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2152 de 1992