Micelio

Artículo 48

Decreto 1347 de 1994 · por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa de Telecomunicaciones Valledupar Ltda. Teleupar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Competencia La competencia para dirigir los procedimientos de selección, adjudicación y celebración de los contratos estatales en Teleupar corresponde a su representante legal. Sin perjuicio de lo anterior y de la responsabilidad que la ley atribuye a los representantes legales de las entidades estatales por la dirección y manejo de la actividad contractual y por la derivada de los procesos de selección, el Gerente de la Empresa deberá informar, previamente, a la Junta Directiva, la iniciación de los procesos de selección para los cuales el estimativo de costos o presupuesto oficial sea igual o superior a 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes. En el evento en que por necesidades del servicio el Gerente no alcanzare a suministrar la información aludida con antelación al inicio del proceso de selección, ésta se suministrará en la sesión de Junta Directiva inmediatamente siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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