Micelio

Artículo 5

Decreto 1977 de 1997 · Por el cual se reglamenta la liquidación del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura, ordenada en la Ley 397 de 1997

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Protección de bienes y cobro de créditos. Durante el período de la liquidación, el liquidador deberá adoptar todas las medidas necesarias para el debido manejo y conservación de los bienes de propiedad del Instituto, incluyendo el cobro de los créditos a su favor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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