Articulo 121-A . VICEFISCAL GENERAL DE LA NACION. Corresponde al Vicefiscal General de la Nación
Representar al Fiscal General de la Nación ante los estamentos del Estado, y de la sociedad en todas las actuaciones en las que haya sido delegado por él.
Reemplazar, sin necesidad de resolución especial, al Fiscal General en sus ausencias temporales o definitivas y en este último caso hasta cuando la autoridad nominadora efectúe la designación correspondiente.
Coordinar bajo la dirección del Fiscal General, el intercambio de información y de pruebas sobre nacionales o extranjeros implicados en delitos cometidos en el exterior.
Investigar, calificar y acusar bajo la dirección del Fiscal General a los fiscales delegados ante el Tribunal Nacional y los Tribunales Superiores. Para la práctica pruebas o diligencias, podrá comisionar a los Fiscales ante la Corte Suprema de Justicia, lo mismo que para la investigación previa.
Actuar como Fiscal Delegado Especial, en aquellos procesos que directamente le asigne el Fiscal General de la Nación.