Micelio

Artículo 12

Ley 21 de 1990 · por la cual se profesionaliza la actuación, dirección escénica y el doblaje en radio y televisión.Declarado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las escuelas o facultades de actuación y dirección escénica en Radio y Televisión que existan o se lleguen a crear, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1.

Licencia de funcionamiento expedida por la Secretaría de Educación de la respectiva ciudad.

2.

Licencia de sanidad expedida por la Secretaría de Salud.

3.

Autorización expedida por el Ministerio de Comunicaciones, previo el cumplimiento de los requisitos académicos, técnicos y jurídicos que se determina en la reglamentación que para tales efectos expida el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 21 de 1990