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Artículo 9

Cuando A Juicio Del Ministerio De Hacienda La Formalidad De Las Estampillas A Que Se Refiere Este Decreto Estuviere En Vigor, Lo Comunicará A Las Aduanas, Para Que La Ley Y El Presente Decreto, Referente A Ella, Queden En Todo Vigor

Decreto 1062 de 1913 · Que reglamenta el artículo 21 de la Ley 117 de 1913, sobre Tarifa de Aduanas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Cuando a juicio del Ministerio de Hacienda la formalidad de las estampillas a que se refiere este Decreto estuviere en vigor, lo comunicará a las Aduanas, para que la Ley y el presente Decreto, referente a ella, queden en todo vigor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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