Micelio

Artículo 33

Ley 26 de 1908 · Por la cual se modifica la constitución del Montepío Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son atribuciones de la Junta Directiva :

1.ª Reglamentar la Dirección del Montepío de manera que llene el objeto de la institución, procurando que el capital produzca los mayores rendimientos;

2.ª Formar un inventario de los bienes que constituyen el capital del Montepío, renovándolo anualmente ;

3.ª Dictar los reglamentos de contabilidad conforme á las disposiciones generales sobre la materia ;

4.ª Hacer que todas las personas mencionadas en el articulo 5.°, lo mismo que las comprendidas en el artículo 6.° de esta Ley, cumplan lo que en ellos se previene ;

5.ª Nombrar Tesoro para el manejo de los caudales del Montepío, Abogado, Secretario y Tenedor de Libros, y señalar los demés empleados que sean necesarios para el buen servicio, tomandolos del Cuartel General del Ejército ;

6.ª Formar el presupuesto de la parte del capital que deba destinarse para operaciones de anticipación de sueldos en el Ramo de Guerra y fijar la rata del interés de estas operaciones. El resto del capital se colocará en deposito á término fijo, en la empresa bancaria que dé mejores seguridades y abone mayor interés á juicio de la Junta Directiva;

7.ª Fijar las condiciones y términos de las operaciones que deba ejecutar el Montepío, los cuales no podrán ser otros que los señalados en el ordinal anterior, y los giros se harán precisamente con las firmas del Presidente y del Tesorero de la institución ; y

8.ª Resolver las peticiones que se hagan sobre asignaciones, y las demás relacionadas con la institución ; y

9.ª Cuidar de la recaudación, buen manejo, conservación y aumento de los fondos del Montepío, y acordar todas las providencias conducentes á su desarrollo é incremento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 26 de 1908