°. Funciones del Comité. El Comité ejercerá las siguientes funciones
Hacer modificaciones o ajustes al Plan de Revisión, Evaluación y Seguimiento a los programas y leyes que favorezcan a las mujeres rurales. Tales modificaciones o ajustes al Plan se adoptarán mediante acuerdo del Comité Interinstitucional.
Divulgar y hacer seguimiento al desarrollo de las políticas públicas que desde cada entidad favorezcan a la mujer rural.
Diseñar y recomendar al Gobierno nacional la adopción de estrategias conforme a lo establecido en los pactos, acuerdos y convenios internacionales relacionados con las mujeres rurales.
Elaborar informes anuales sobre la implementación de la Ley 731 de 2002, y hacer recomendaciones para su mejor desarrollo.
Expedir su propio reglamento de funcionamiento.
Expedir el reglamento del Comité Operativo.
Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.