° Los gastos de transporte de los funcionarios mencionados serán de cargo del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social. Comuníquese y publíquese.
Decreto 721 de 1940 →Vigente
Artículo 2
Los Gastos De Transporte De Los Funcionarios Mencionados Serán De Cargo Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social
Decreto 721 de 1940 · Por el cual se reconocen unos viáticos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.