Objetivos específicos . Para la adecuada implementación y ejecución del PFUB se tendrán en cuenta los siguientes objetivos específicos: Fomentar la planeación territorial y la gestión de la infraestructura de manera que estimule la articulación de los diferentes medios de transporte junto con la bicicleta, el crecimiento de redes de ciclo-infraestructura y la sostenibilidad de los sistemas de bicicletas compartidas en los territorios. Lo anterior, tendrá en cuenta los desarrollos y avances contenidos en los instrumentos de planeación de cada ente territorial. Impulsar estrategias de promoción, transformación y posicionamiento cultural en torno al uso de la bicicleta de forma segura, que faciliten el desarrollo de hábitos y estilos de vida saludables en entornos educativos, laborales, comunitarios, además de, incentivar el turismo sostenible en bicicleta. Promover la resignificación del espacio público y la creación de entornos seguros para el uso de la bicicleta, a partir de la implementación de acciones multisectoriales articuladas a favor de la seguridad vial y la seguridad ciudadana que permitan la prevención y atención de siniestros viales, situaciones de acoso sexual y violencia basada en género. Incentivar el desarrollo económico en torno a la bicicleta. Con el fin de impulsar la bicicleta como motor económico en las regiones del país, se formularán y otorgarán estímulos para la industria nacional así mismo, se establecerán lineamientos y estrategias para la fabricación de este vehículo no automotor. Establecer lineamientos que permitan la articulación del Gobierno nacional con las entidades territoriales, con el propósito de lograr la financiación de las acciones del PFUB, de manera que complemente y mejore lo dispuesto en la Ley 1811 de 2016. Aportar a la implementación de las líneas de acción de la Estrategia Nacional de Movilidad Activa con Enfoque de Género y Diferencial, adoptada por la Resolución 20223040067515 de 2022 del Ministerio de Transporte o aquella que la modifique, adicione o sustituya que contribuyan de manera directa o indirecta en el efectivo desarrollo del PFUB.
Decreto 1079 de 2015 →Vigente
Artículo 2.3.12.4
Objetivos Específicos
Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.